GRAN TRIUNFO JUDICIAL DE ATRANA!


Intimaron al Ministerio de Trabajo a otorgarle la inscripción a ATRANA en 15 días


“Lo expuesto pone en evidencia que desde el 11/5/2011 la petición estaba en condiciones de ser resuelta y no consta ningún elemento objetivo que justifique la demora incurrida”

Así reza el párrafo VI del fallo en el que la Justicia hizo lugar al amparo por mora presentado por los abogados de la Asociación Trabajadoresde Radio Nacional (ATRANA) e intimaron al  Ministerio de Trabajo a que proceda a inscribir a nuestro sindicato en 15 días. La “inscripción simple”, como se la denomina, significa un avance decisivo en nuestra lucha por la obtención de la personería, ya que a partir de esta conquista se sientan las bases para mostrar nuestra representatividad en oposición a los diversos “sellos” que se arrogan la representación de los compañeros.

Según el artículo 23 de la Ley de Asociaciones Profesionales, a partir de “su inscripción”,  la asociación “adquirirá personería jurídica” y podrá, entre otras cosas, “peticionar y representar, a solicitud de parte, los intereses individuales de sus afiliados”; Imponer cotizaciones a sus afiliados” y, una de las cosas más importantes, “Realizar reuniones o asambleas sin necesidad de autorización previa”.

Sin embargo, hay más: el famoso fallo de la Corte Suprema sobre “libertad sindical” de 2008 habilita que los sindicatos con simple inscripción legal a que elijan delegados en el lugar de trabajo.

Un poco de historia

El 29 de mayo de 2009 ingresó el pedido de personería de ATRANA con el N° de expediente 1330437/09.

La Asociación de Trabajadores de Radio Nacional nació, como lo expresa su preámbulo, bajo el signo de los que serán sus principios constitutivos y bases de funcionamiento: la lucha por las reivindicaciones y derechos de los trabajadores mediante acciones decididas en asambleas democráticas.

Partimos de la base de que el progreso material y moral de los trabajadores es y será obra de los trabajadores, a condición de convertirse en protagonistas conscientes de su propia historia, sobre la base de la acción colectiva y unitaria.

Por eso ATRANA se constituye como una organización independiente del Estado y sus instituciones, del Gobierno y las patronales. Que sólo reconoce a la asamblea de trabajadores como su autoridad máxima, en tanto instrumento que permite el debate, la confrontación fraternal tanto de ideas y opiniones como la resolución democrática de todas y cada una de las decisiones que afectan a los compañeros.


La experiencia nos ha demostrado que la única posibilidad de hacer valer nuestros derechos, de tener voz y voto, es organizándonos, debatiendo y llevando adelante todos juntos las decisiones que tomemos.

Personería Ya!